miércoles, noviembre 16, 2005

 
Relevancia Jurídica y buena fe.

Les voy a hablar de un tema que no es una sentencia, pero me pareció importante comentarlo en este blog.

Hace un tiempo atrás, me senté en un Juzgado de Policía Local de Valparaíso, en un comparendo, al que asistió un ex director regional de Sernac en Valparaíso, en representación de esta repartición, y en aquella ocasión, nos pusimos a comentar acerca de algunos casos en que nos había tocado participar.

El antedicho colega, me planteó en algo que al parecer le hacía mucha gracia, porque me lo contó riendo, que habían boicoteado (como servicio) la inauguración de una relación contractual de una gran empresa productora de alimentos regional que se celebraba en ese mismo instante en Moscú, cuando estaban anunciando con gran bombo que se buscaba la sanción de la misma empresa por publicidad engañosa en el envasado de unos jugos.... Mi sorpresa fue mayúscula, porque normalmente ellos van buscando a los "proveedores" designados por la Ley 19.496 y no a los productores, por lo que me llamó mucho la atención que estuviera comentándome esta situación.

Le pregunté (un poco poniéndome la camiseta de la empresa) cuál era el motivo de su risa y por qué se estaba sancionando o buscando la sanción de la empresa en el caso que me comentaba. Me respondió que era por la diagramación del sobre del jugo (en polvo), en cuanto a la proporción que debía llevar la fotografía de la fruta cuyo sabor tenía como componente principal el jugo en cuestión y que, según él, podría llevar a confusión al público en cuanto a creer que el producto podría ser "natural" y no con saborizante.

Esto me llevó a reflexionar qué me parecía complicado de la situación, o porqué no estaba de acuerdo.

En principio, tiene razón el colega en cuanto a que existe toda la regulación vigente en cuanto a las diagramaciones, porcentajes de espacio a ocupar por parte de los dibujos, grafías, y otros en un envase de algún producto. Sin embargo, dedicar recursos y esfuerzos públicos (MIS impuestos) a buscar un detalle, como para precisamente destacarlo en un momento importante para una empresa chilena, tildándola de publicista engañosa, la verdad es que encuentro que es un contrasentido, y, además, una actuación de mala fe.

Sin perjuicio que reconozco que la actividad del Sernac (la que personalmente he tenido la ocasión de apreciar en forma cercana) es necesaria en este mercado chileno, encuentro que actividades como ésta son marcadamente tendenciosas y de mala fe.

Espero que los funcionarios del Sernac tengan el tino suficiente como para poder actuar cuando sea relevante jurídica y económicamente y no malgasten los recursos públicos en situaciones que no valen ni la pena ni el esfuerzo.

Comments:
Mariana:

El exceso de regulaciones formales, a los productos, los transforma en artificios cuya razón de ser es "cumplir el catálogo de requisitos", impidiendo dar dinamismo a la economía, generar ingresos y trabajos. Los reguladores ven el mundo de la producción y comercialización desde sus cómodos sillones y no desde el punto de venta. Entienden su relación con los regulados como una batalla, donde ellos son los buenos y los otros malos. En fin, olvidan que su objetivo es servir, aún fiscalizando y regulando.
 
Mariana: No me extraña, ya que estimo que SERNAC ha enfocado mal su rol, en todo caso el error parte desde la propia legislación. A vía de ejemplo es extraño que se base o utilice al consumidor para obtener la sanción contravencional y las multas a beneficio fiscal, haciéndose parte sólo en aquellos casos que estime que afectan los intereses generales de los consumidores, en los otros casos, la mayorñia, los consumidores trabajan gratuitamete para SERNAC y en definitiva para el Fisco.
 
Hola Mariana, desde mi interés por el mundo del consumidor encuentro relevante estas experiencias que compartes y sobretodo que descubres tú en eso.

Saludos
 
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